CítricosLuego de años de negociaciones entre los gobiernos, se ha logrado la apertura del mercado japonés para los cítricos argentinos: desde el 25 de abril de 2003, los limones, pomelos y naranjas Valencia de nuestro país que cumplan los requisitos sanitarios fijados (un tratamiento cuarentenario de frio) pueden ser exportados al Japón. AntecedentesHasta esa fecha los cítricos argentinos no podían ingresar al Japón debido a la presencia de Mosca del Mediterraneo en nuestro territorio. Para resolver esta situación, el SENASA, a través de la Embajada de la República Argentina en Japón, mantuvo una extensa negociación con MAFF para determinar un tratamiento cuarentenario de frio que asegurase la eliminación de esta plaga en los citricos con destino a Japón. Las condiciones técnicas del tratamiento fueron acordadas en base a los resultados obtenidos en un programa de ensayos de cinco etapas desarrollado en la Estación Experimental Obispo Colombres (Tucumán). En una audiencia pública celebrada el 28 de febrero de 2003, MAFF sometió a consideración de los japoneses el proyecto de modificación de la reglamentacioón de la Ley de Cuarentena Vegetal con el objeto de admitir el ingreso de frutas cítricas frescas desde Argentina bajo el tratamiento cuarentenario acordado. Hasta el 20 de marzo del mismo año MAFF recibió comentarios y consultas, que fueron respondidas por los expertos del MAFF que habían viajado a Argentina. Finalmente, en el Kanpou (boletín oficial) del 25 de abril de 2003 fue publicada la modificación a la Reglamentación de la Ley de Cuarentena Vegetal, con firma del Ministro de Agricultura, Forestación y Pesca, que autoriza la importación de los cítricos argentinos. Posteriormente, se negociaron mejoras al tratamiento de frío, las cuales entraron en vigor en marzo 2007 para pomelos y marzo 2008 para limones.
Condiciones de ingresoPara ingresar a Japón, los cítricos frescos argentinos deberán cumplir un tratamiento cuarentenario de frío que determina las condiciones referidas a temperatura y período de exposición de la fruta al frío, a saber: _ Pomelo: Una vez alcanzado 1.9C en la temperatura de la pulpa, se debe mantener por un plazo de 19 días consecutivos una temperatura por debajo de los 2.3C, o una vez alcanzados los 3.0 C en la temperatura de la pulpa, se debe mantener una temperatura por debajo de los 3.2C por un plazo de 23 días consecutivos. . _ Limon : Una vez alcanzado 1.9C en la temperatura de la pulpa, la temperatura debe ser mantenida a una temperatura menor a los 2.2C durante 19 días consecutivos o una vez alcanzado 3.0C en la temperatura de la pulpa, la temperatura debe ser mantenida a una temperatura menor a los 3.2C durante 24 días. _ Naranja (tipo Valencia) : Una vez alcanzado 1.9C en la temperatura de la pulpa, se debe mantener por un plazo de 21 días a una temperatura menor de 2.2C. Un inspector japonés certifica el inicio del tratamiento en Argentina mientras que en el puerto de llegada un inspector argentino, junto a las autoridades cuarentenarias portuarias, certifica el cumplimiento del tratamiento y la ausencia de ejemplares vivos de la Mosca del Mediterráneo. Normativas sobre requisitos
sanitarios para el ingreso de los cítricos argentinos1)Notificación
No.720 del MAFF(Inglés:Traducción no oficial realizada por esta
Embajada) 2)Reglamentación de la notificación(Inglés: Traducción no oficial realizada por esta Embajada) 3)Ordenanza Ministerial No. 299 sobre la mejora de las condiciones para pomelo.(Español) 4)Ordenanza Ministerial No. 511 sobre la mejora de las condiciones para limon.(Español) Información
técnica Para mayor información sobre aspectos técnicos
del tratamiento cuarentenario y su aplicación práctica, se sugiere
tomar contacto con la Dirección de Cuarentena Vegetal del SENASA.(
http://www.senasa.gov.ar
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